AmecoPress. Información para la Igualdad.
El Ministerio de Igualdad prepara un plan para controlar el cumplimiento de sus leyes. Los sectores de hostelería, entidades financieras, comercio, industria, siderometalurgia y limpieza serán los objetivos prioritarios.

Tampoco el tamaño de la sociedad servirá para escaparse de la inspección: “Se centrará en empresas de tres tamaños: menos de 50 personas de plantilla, de 50 a 250 y de más de 250″… Esto es, prácticamente todas, según admite al titular de Igualdad, Bibiana Aído, en la última publicación de Valores, de KPMG.

Un amplio entramado que puede sufrir el castigo del Ejecutivo: la norma de género guarda multas de hasta 90.000 euros para las empresas que desobedezcan sus deberes paritarios.

“Estamos poniendo en marcha una segunda campaña dirigida a reducir la brecha salarial”, admite Aído. El objetivo es “la comprobación de la existencia de discriminación salarial, directa o indirecta”.

Esta campaña se vaticina dura, como muestra, por ejemplo, el bajo porcentaje de participación femenina en los consejos de las empresas del Ibex 35: tan sólo hay un 6,43% de mujeres en las grandes empresas cotizadas.

Una situación difícil de tolerar para una ministra que entiende que “la igualdad resulta imprescindible para salir de la crisis económica que estamos atravesando porque las políticas de igualdad sirven para afianzar el estado de bienestar social”.

Actividades segregadas tradicionalmente por sexo

A ello se suma que hay otras actividades en las que, por tradición histórica, es más difícil cumplir a rajatabla los criterios del Gobierno. Un caso especial es el de la limpieza.

El propio Ministerio de Igualdad, en el Plan Estratégico 2008-2011, que redactó en 2007, apuntaba que “a las mujeres se las encasilla en empleos que son una prolongación del ámbito privado y doméstico, de manera que los trabajos de cuidado, tanto informales como formales, son ejercidos mayoritariamente por ellas: una de cada siete mujeres empleadas está en tareas de limpieza y similares”.

Una situación difícil de invertir en sólo dos años. En este caso, se trata de dar más protagonismo a los hombres, pues la máxima de la Ley de Igualdad es que las sociedades logren una composición equilibrada de sus plantillas, de forma que los trabajadores de uno u otro sexo no superen el 60% del total ni se queden por debajo del 40%.

Un tercer bloque de compañías son aquellas más estacionarias. Es el caso de la hostelería, que en etapa estival suele acudir a un aluvión de contrataciones que complica el cumplimiento de los planes de igualdad. Muchas de ellas son compañías con más de 250 empleados, quienes, además, tienen obligación de negociar planes de igualdad. Aunque, en la realidad, pocas sociedades lo cumplen.

Una norma que se atraganta en las empresas: la Ley de Igualdad

El 24 de marzo de 2007, lo que supuso modificar el Estatuto de los Trabajadores para obligar a que en la negociación colectiva se tengan en cuenta medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. Asimismo, exige negociar planes de igualdad.

Esta Ley contiene medidas referentes al acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo y prevención del acoso. Además, en general, todas las dirigidas a favorecer en términos de igualdad, tal como dice la norma expresamente, la conciliación profesional y familiar.

A aplicar estas medidas están obligadas aquellas empresas que tienen más de 250 trabajadores en su plantilla; cuando así lo establezca el convenio colectivo de aplicación y cuando en un procedimiento sancionador, la autoridad laboral lo acuerde como sustitución de una sanción.

Además de las multas directas, la Ley prevé sanciones accesorias, como la pérdida de subvenciones para quien incumpla las obligaciones previstas en la ley de Igualdad.

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